Actividades del capítulo 5 – Parte 1
PREGUNTAS DE OPCIÓN MÚLTIPLE
PREGUNTAS BREVES
Contesta con frases completas
- ¿En qué consistió la unidad territorial lograda por los Reyes Católicos?
- ¿Qué religiones coexisten en España durante la Edad Media?
- ¿Con quién se había disputado España la posesión de Italia?
- ¿Qué ocurrió con los judíos españoles en 1492?
- ¿Cómo se llaman los judíos de origen español?
- ¿Dónde se pueden encontrar judíos de origen español hoy día? ¿Qué lengua hablan? ¿Qué tipo de lengua es?
- ¿Podían practicar los moriscos su religión libremente?
- ¿Quién era Juana la Loca? ¿Con quién estaba casada? ¿Qué problemas tuvo?
- ¿Quién era Carlos V? ¿De quién era hijo? ¿De quién era nieto?
- ¿Qué territorios heredó Carlos V y por qué?
- ¿Qué actitud tenía Carlos V hacia Lutero y la Reforma?
- ¿Qué hizo Carlos V en 1555? ¿Quién le sucedió?
- ¿Cómo eran las relaciones con Francia? ¿Qué ocurrió en 1557 en San Quintín?
- ¿Qué edificio mandó construir Felipe II y por qué?
- ¿Qué ocurrió en 1571?
- ¿Cómo eran las relaciones con Inglaterra?
- ¿Qué fue la Armada Invencible? ¿Por qué se preparó dicha armada? ¿Qué pasó con la Armada Invencible?
LECTURA
Lee los siguientes textos:
Codicilo de la reina Isabel la Católica
Capítulo XII (Indios, su evangelización y buen tratamiento)
Ytem. Por quanto al tiempo que nos fueron concedidas por la Santa Sede Apostólica las islas e tierra firme del mar Océano, descubiertas e por descubrir, nuestra principal intención fue, al tiempo que lo suplicamos al Papa Alejandro sexto de buena memoria, que nos fizo la dicha concession, de procurar inducir e traher los pueblos dellas e los convertir a nuestra Santa Fe católica, e enviar a las dichas islas e tierra firme del mar Océano perlados e religiosos e clérigos e otras personas doctas e temerosas de Dios, para instruir los vezinos e moradores dellas en la Fe católica, e les enseñar e doctrinar buenas costumbres e poner en ello la diligencia debida, según como más largamente en las Letras de la dicha concessión se contiene, por ende suplico al Rey, mi Señor, mui afectuosamente, e encargo e mando a la dicha Princesa mi hija e al dicho Príncipe su marido, que ansí lo hagan e cumplan, e que este sea su principal fin, e que en ello pongan mucha diligencia, e non consientan e den lugar que los indios vezinos e moradores en las dichas Indias e tierra firme, ganadas e por ganar, reciban agravio alguno en sus personas e bienes; mas mando que sea bien e justamente tratados. E si algún agravio han rescebido, lo remedien e provean, por manera que no se exceda en cosa alguna de lo que por las Letras Apostólicas de la dicha concessión nos es inyungido e mandado.
Capítulo XXIX (Indias, su situación jurídica)
E porque de los hechos grandes e señalados que el Rey, mi señor, ha hecho desde el comienzo de nuestro reinado, la Corona real de Castilla es tanto aumentada que debemos dar a Nuestro Señor muchas gracias e llores; especialmente, según es notorio, habernos su Señoría ayudado, con muchos trabajos e peligros de su real persona, a cobrar estos mis Reinos, que tan enagenados estaban al tiempo que yo en ellos sucedí, y el dicho Reino de Granada, según dicho es, demás del gran cuidado y vigilancia que su Señoría siempre ha tenido e tiene en la administración de ellos. E porque el dicho reino de Granada e Islas de Canarias e Islas e Tierra firme del mar Océano, descubiertas e por descubrir, ganadas e por ganar, han de quedar incorporadas en estos mis Reinos de Castilla y León, según que en la Bula Apostólica a Nos sobre ello concedida se contiene, y es razón que su Señoría sea en algo servido de mi y de los dichos mis Reinos e señoríos, aunque no puede ser tanto como su Señoría merece e yo deseo, es mi merced e voluntad, e mando que, por la obligación e deduda que estos mis Reinos deben e son obligados a su Señoría, por tantos bienes e mercedes que su Señoría tiene e ha de tener por su vida, haya e lleve e le sean dados e pagados cada año por toda su vida, para sustentación de su estado real, la mitad de lo que rentasen las Islas e Tierra firme del mar Océano, que hasta ahora son descubiertas, e de los provechos e derechos justos que en ellas hubiese, sacdas las costas que en ellas se hicieren, así en la administración de la justicia como en la defensa de ellas y en las otras cosas necesarias; e más diez cuentos de maravedís cada año por toda su vida, situados en las rentas de las alcabalas de los dichos maestrazgos de Santiago e Calatrava e Alcántara, para que su Señoría lo lleve e goce e haga dello lo que fuere servido; con tanto que después de sus días la dicha mitad de rentas e derechos e provechos e los dichos diez cuentos de maravedís, finquen e tornen e se consuman para la Corona real de estos mis Reinos de Castilla. E mando a la dicha Princesa, mi hija, e al dicho Príncipe, su marido, que así lo hagan e guarden e cumplan por descargo de sus conciencias e de la mía).
Medina del Campo, 23 noviembre 1504
Preguntas
- Análisis lingüístico. El español del siglo XVI es muy diferente del actual, ¿qué grafías ya no existen en el español de hoy?
- Análisis de contenido. Haz un resumen general de lo que la reina Isabel pedía en esta pequeña parte de su testamento.